IMPONER REFORMA AL ART. 29 ATENTA CONTRA LIBERTAD DE ASOCIACIÓN DE HUELGA Y A DERECHO LA PRIVACIDAD
De aprobarse la minuta, podrán ser declaradas ilegales las reuniones públicas de más de tres personas y restringir totalmente el derecho a manifestación.
Podrán entrar a los domicilios sin orden de cateo y llamadas telefónicas, cartas e internet serían interceptados sin orden judicial.
La libertad de asociación, reunión, movimiento, huelga y prensa, así como el derecho de información, a la privacidad y a no sufrir actos de molestia, son algunos de los derechos que el Titular del Ejecutivo Federal podrá restringir o suspender, en caso de que la Cámara de Diputados apruebe la minuta sobre la reforma al Artículo 29 Constitucional que envió el Senado.
