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No se dejen engañar








Maestro Juan Carlos Charleston Salinas, Abogado y Defensor de Oficio del Poder Judicial del Estado de Veracruz.  Juanccharleston@hotmail.com.
Celular 921-14-108-35
En últimas fechas se ha hablado a través de los medios electrónicos de presentar denuncias en la Corte Interamericana de Derechos Humanos con motivo de la Detención de Rosario Robles, porque supuestamente un juez actuó de manera ilegal, arbitraria y dolosa;0 por lo que respecta a nuestra Ciudad  en Coatzacoalcos abogados “Pro bono” de la Cdmx acudieron apoyar supuestamente a los familiares de las víctimas por los hechos violentos en donde perdieran la vida 30 personas en el Bar Caballo Blanco haciéndose notar públicamente para llevar este tema a la Comisión interamericana de Derechos Humanos en beneficio de las personas familiares de las victimas indirectas.
En el proceso es largo ya que debe cumplir con formalidades que de manera breve explicaré cómo se introduce una causa en la Comisión Interamericana de Derechos Humanos. Los Presupuestos para que opere y se radique en la Corte Interamericana una denuncia por violación grave de derechos humanos es que primero presentaran la petición ante la Comisión Interamericana de Derechos humanos (Washington, DC) el cual puede presentarse por correo y electrónicamente llenar un formulario debiéndose  agotar todas las instancias procesales en el Estado donde se cometieron las Violaciones de los derechos humanos y que el Estado donde cometió la violación del derecho humano sea parte de la OEA (Organización de los Estados Americanos). México forma parte de los estados que firmaron la declaración Americana de los Derechos y deberes del hombre y que han ratificado la Convención Americana sobre derechos Humanos. 
Para que la Comisión pueda examinar una petición, deben haberse iniciado un proceso judicial antes de acudir a la comisión y que las personas que quieran presentar una petición ante la Comisión debe intentar previamente que los Tribunales nacionales decidan sobre la situación que denuncian agotado siempre los recursos judiciales internos de conformidad a la Legislación Vigente en el Estado que se trata especificando los derechos que se consideran violados como, cuando y donde ocurrieron  y en caso de ser posible las instancias judiciales o autoridades en el Estado a las que se acudió para remediar las violaciones alegadas 
La petición puede presentarla cualquier persona o grupo de personas o una organización por si misma o en representación de otra denunciando una violación de derechos humanos en contra de uno o más estados de la OEA y los procedimientos ante la Comisión son gratuitos y no exige la Representación de un abogado en la presentación y tramite de la misma.
Los derechos que son protegidos por la Convención Americana son el derecho a la Vida, al reconocimiento de la personalidad jurídica, a la integridad personal, al de toda persona a no ser sometida a esclavitud y servidumbre, a la libertad personal, a las garantías judiciales, el principio de legalidad y de no retroactividad, a toda persona de ser indemnizada conforme a la ley en caso de haber sido condenada en sentencia firme por error judicial, a la protección de la honra y de la dignidad, a la libertad de conciencia y de religión, libertad de pensamiento y de expresión, de rectificación y respuesta, de reunión, de libertad de asociación, a la protección de la familia, al nombre, derechos políticos, de igualdad ante la ley, a la protección judicial entre otros
La Corte Interamericana de Derechos Humanos a Sentenciado al Estado Mexicano en Diez ocasiones por violaciones a Derechos Humanos. Los cuales por citar un ejemplo Caso González y Otras (Campo Algodonero) Vs Mexico,  la petición fue presentada en el 2002 y la sentencia fue hasta el 2009 es decir Siete años después de hechos sucedidos del año de 1993 y 2001.
La importancia es que la Ciudadanía conozca sus derechos y se empodere para que los haga valer contribuyendo a una sociedad más humanista.

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