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Gersaín y Francisco, “estiraron la liga” en la asamblea del SUEM del 30 de mayo.(De Políticas)


 Hidalgo Cruz y Díaz Juárez, “son necios como chile de perro”, pues piensan que pueden doblegar a la ley. Todo lo que firme y promueva Francisco Díaz Juárez, en favor de los socios del SUEM, no tendrá ninguna validez, pues él, no es un Secretario General, “legitimo”. La Secretaría del Trabajo no le dará la “toma de nota”, y eso significa que es un “líder balín”. Los 59 trabajadores del SUEM que votaron en “contra” de: Gersaín y Francisco, pueden crear un nuevo sindicato al interior del Ayuntamiento. Si los 59 en “contras” se organizan y se ponen de acuerdo, en los “menos que canta un gallo”, tendrían su agrupación sindical. Tribunal de Conciliación, les dio “palo” a Hidalgo y Juárez

Los dirigentes de Sindicato Único de los Empleados Municipales de Coatzacoalcos, (SUEM), y aquí hablamos de: Gersaín Hidalgo Cruz y Francisco Juárez Díaz, son muy dados a “estirar la liga”, o lo que es lo mismo, “son necios como chile de perro”. Si el Tribunal de Conciliación y Arbitraje del Poder Judicial del Estado, les “notifico”, en tiempo y forma, que su asamblea del pasado 30 de mayo era “improcedente”, lo que nadie entiende es porque la llevaron a cabo, a sabiendas que la Secretaría del Trabajo, no les va a entregar la famosa “toma de nota”. ¿Qué significa lo anterior?, algo muy simple, que todo lo que firme o promueva Francisco Díaz Juárez, quien fue ungido como el nuevo Secretario General del SUEM, no tendrá ninguna validez para las autoridades. Pongamos un solo ejemplo: 1.-Si Díaz Juárez quiere darle trabajo a uno de los socios eventuales del SUEM, y manda el oficio al departamento de Recursos Humanos, dicho documento no tendrá ninguna validez, pues él, ante la Secretaría del Trabajo no es el dirigente. Todos los documentos que firme y que promueva Francisco en favor de un miembro de su sindicato, serán rechazados. Los únicos papeles que tendrán validez, serán los que firme Gersaín Hidalgo Cruz, quien hasta diciembre será el Secretario General. Los integrantes del SUEM, desde hoy, hasta diciembre, tendrán a un “líder falso” en la figura de Díaz Juárez. Eso es por un lado. Ahora bien, en las “elección chafa” del pasado domingo, (30 de Mayo), Francisco Díaz Juárez gano con 861 votos y tuvo en “contra” 59 votos. Para los que no pudieron “derrotar” a Gersaín y Francisco, no todo es malo o está perdido. Los que no están de acuerdo con el cacicazgo de Hidalgo y Díaz, tienen la valiosa oportunidad de crear su propio sindicato, lo anterior nadie se les puede impedir. ¿Cuáles son los requisitos que se necesitan para crear un sindicato de acuerdo a la ley?, ahí les van: 1.-Deben ser mayores de 15 años. 2.-Deberán ser al menos 20 trabajadores en servicio activo. La Ley Federal del Trabajo establece que los trabajadores tienen el derecho, más no la obligación, de formar parte de un sindicato. ¿A dónde queremos llegar con este comentario?, a un solo punto, que los 59 trabajadores del SUEM que votaron en “contra” de Francisco Díaz Juárez, se pueden juntar para planear la creación de un nuevo sindicato al interior del Ayuntamiento de Coatzacoalcos. La Secretaria del Trabajo, ya los está esperando con los “brazos abiertos”. ¿Cuáles son los pasos para crear un sindicato?: 1.-Buscar trabajadores dispuestos a asociarse al sindicato. Dentro del Ayuntamiento, hay trabajadores que no conocen los beneficios de pertenecer a un sindicato y hay otros que sí conocen y tienen interés en formar un sindicato. Es labor de los trabajadores que conocen los sindicatos, de promover y concientizar a los trabajadores sobre el derecho que tienen cada uno de asociarse en un sindicato y los beneficios que pueden obtener al pertenecer a un sindicato. 2.-Reunir el mínimo número de trabajadores para formar un sindicato. Así que el trabajador activista que promueve la formación de un sindicato deberá reunir al menos 20 trabajadores mayores de 15 años dispuestos y deseosos en organizarse para formar un sindicato. 3.-preparar y celebrar la asamblea constitutiva. El día de la celebración de asamblea constitutiva, se aprobará la propuesta de estatutos y se elegirá la primera directiva, que es el órgano que administra al sindicato y ejecuta las decisiones tomadas en la asamblea. 4.-Registro oficial del sindicato. Para que tengan personalidad jurídica, los sindicatos deberán registrarse en la Secretaría del Trabajo y Previsión Social o en las Juntas de Conciliación y Arbitraje, presentando la siguiente documentación: copia autorizada del acta de la asamblea constitutiva; una lista con el número, nombres y domicilios de sus miembros y con el nombre y domicilio de los patrones, empresas o establecimientos en los que se prestan los servicios; copia autorizada de los estatuto; copia autorizada del acta de la asamblea en que se hubiese elegido la directiva. ¡Señores!, para ser precisos y claros, los 59 socios del SUEM que no están de acuerdo con el actuar de sus dirigentes sindicales, es decir, Gersaín y Francisco, tienen la “mesa servida” para crear su propio gremio, ahora solo es cuestión que se organicen como Dios manda. Si de estirar la liga se trata, hasta el día de hoy no conocemos a nadie que le haya ganado al “Estado”. El mensaje está dado. Fin del comunicado. (Artículo Escrito Por Federico Lagunes Peña).

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