ARRESTAN AL "PADRE CHILO" EN TABASCO TRAS SER ACUS4DO DE 4BUS4R DE NIÑO
Por incurrir en presunto abuso sexual de menores, el sacerdote católico de la Parroquia del municipio de Cárdenas, Isidro “N”, el Padre Chilo, fue capturado por la Fiscalía General del Estado de Tabasco (FGET).
“Esta acción fue resultado de una investigación iniciada a partir de una denuncia formal presentada ante esta institución, y que derivó en la integración de una carpeta de investigación sustentada con diversos elementos de prueba”, precisó la FGET.
Derivado de ello, y con base en una orden de aprehensión emitida por un juez competente, se procedió a la detención del imputado.
La Fiscalía General del Estado reiteró su compromiso “con la legalidad y con la protección de los derechos de las víctimas, especialmente cuando se trata de niñas, niños y adolescentes”.
Asimismo, hizo un llamado a la ciudadanía para evitar difundir información no confirmada que pueda entorpecer el debido proceso o revictimizar a las personas afectadas.
“El proceso penal seguirá su curso conforme a lo establecido en la ley, garantizando en todo momento el respeto a los derechos humanos y el principio de presunción de inocencia”, acotó la Fiscalía.
La grey católica y familiares del sacerdote Isidro “N” habían divulgado avisos en redes sociales por la “desaparición” del cura originario del municipio de Huimanguillo, vecino de Cárdenas, pues desconocían su arresto.
Al respecto, respondió en relación con esas versiones que “se confirma la detención de una persona del sexo masculino, originaria del municipio de Huimanguillo, por su presunta responsabilidad en el delito de pederastia”.
El “Padre Chilo” era un sacerdote conocido por la sociedad cardenense y era asiduo a acudir a los cafés para convivir con ciudadanos de diversos sectores sociales. Incluso, participaba en un noticiero digital con su sección “Píldora de fe. Vitamina para el alma”.
El Artículo 327 del Código Penal del estado establece que comete el delito de pederastia quien, con o sin consentimiento, introduce por la vía vaginal, anal u oral el miembro viril, alguna otra parte del cuerpo o cualquier objeto en una persona menor de 14 años.
La pena es de 15 a 20 años de prisión, y de mil a tres mil días multa.
Si existe una relación de parentesco (en cualquier grado), tutela, curatela, guarda o custodia, vínculo docente, religioso, laboral, médico, cultural o doméstico entre agresor y víctima, la pena se incrementa en 1 a 5 años adicionales.
Esto significa que si, por ejemplo, un sacerdote, maestro, tutor o familiar comete el delito, el castigo será más severo porque se abusa de una posición de confianza y poder.
El consentimiento del menor no tiene validez jurídica, porque la ley protege de forma absoluta a quienes están por debajo de esa edad.
Con información de Contraste Político